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Banco Nación: por qué la Cámara ratificó la suspensión del decreto que lo convertía en una sociedad anónima

Cuáles son los puntos clave del fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

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Banco Nación | Noticias Argentinas

Por Perfil Redacción NEA


La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la suspensión del decreto 116/2025 que convertía al Banco Nación en una sociedad anónima.

La sentencia resolvió la apelación del propio banco y del Estado nacional a un fallo del juez Alejo Ramos Padilla, quien al poco tiempo de firmarse ese decreto, aceptó una medida cautelar de los trabajadores, acompañada por la Asociación Bancaria como "amicus curiae" y decidió suspender por seis meses la medida.

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Puntos claves de la sentencia

El cuestionamiento a la intervención del juez de primera instancia y su negativa a itir la recusación por haber incurrido en prejuzgamiento deben rechazarse. No existió dicha conducta, pues en la debida oportunidad ejerció su competencia en materia cautelar y, con arreglo a la jurisprudencia de la Corte Suprema, estaba habilitado para desestimar de plano su recusación”.

“El trámite de la causa no es irregular. No se ha acreditado una vulneración al debido proceso. Los actores impugnaron inicialmente todo acto que tuviera por objeto avanzar con la privatización de la entidad bancaria y la Procuración del Tesoro solicitó que se declarase abstracta la cuestión por no encontrarse habilitada por el Congreso. Luego, los actores denunciaron el dictado del decreto 116/2025 por considerarlo incompatible con aquella conducta procesal. A partir de allí, las partes pudieron alegar y probar con amplitud cuanto considerasen pertinente ”.

Las constancias de la causa dan cuenta de que la pretensión anulatoria de los actores empleados del Banco de la Nación Argentina- ha sido acompañada por la presentación de la asociación gremial de representación primer de grado, que ejerce aproximadamente la 17.400 trabajadores y trabajadoras”.

“Los actores presentan un interés jurídico suficiente para cuestionar la regularidad constitucional de un decreto que transforma una entidad autárquica gobernada por el derecho público-que es su empleadora- en una sociedad anónima”.

La privatización del Banco de la Nación Argentina fue objeto de exclusión del proyecto originario -remitido por el Poder Ejecutivo- que culminó con la sanción de la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.

La referida exclusión autoriza a concluir que el Congreso difirió a su juicio futuro examinar o no la modificación de la condición jurídica del Banco de la Nación Argentina establecida por ley”.

“El trámite parlamentario da cuenta, entonces, de que el Congreso de la Nación no incluyó a dicha institución entre las entidades privatizables”.

“La delegación que invoca el Poder Ejecutivo para resolver la transformación en una sociedad anónima no puede aplicarse a una entidad a la que el Congreso no habilitó a modificar en su naturaleza”.

La delegación legislativa que autoriza al Poder Ejecutivo a ´reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal con el fin de disminuir el déficit´ no puede considerarse un patrón inteligible que lo habilite a modificar la naturaleza jurídica conferida por ley al Banco de la Nación Argentina”.

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Comunicado del Banco Nación

El Gobierno anticipó que apelará el fallo de la Cámara. "La transformación en Sociedad Anónima del Banco encamina a mejorar su transparencia y eficiencia para impulsar el crédito privado en Argentina, a favor de las familias y las empresas, especialmente PyMEs regionales", sostuvo el BNA en un comunicado.

"Esta sentencia reafirma la vocación de los sectores que pretenden achicar el Banco y apartarlo de su mandato que es el crédito a favor de las familias y empresas argentinas", concluye el documento de las autoridades del Banco Nación.