La Justicia de Córdoba condenó a Carlos “La Mona” Jiménez a pagar una indemnización de más de 300 millones de pesos a Natalia Jiménez Rufino, hija no reconocida del cantante, en el marco de un juicio por daños y perjuicios iniciado en 2015. El fallo fue dictado por la jueza de Primera Instancia María Virginia Arato, y aún puede ser apelado en dos instancias superiores.
La demanda fue impulsada luego de que fracasara una mediación extrajudicial y se basó en el perjuicio provocado por la negativa del artista a asumir su paternidad durante décadas. Aunque en 2021 una prueba de ADN confirmó el vínculo biológico, el reclamo legal continuó por el impacto afectivo y simbólico que generó en la mujer la falta de reconocimiento.
Según consta en la sentencia, el tribunal consideró probado que Jiménez conocía de su paternidad desde el embarazo de la madre de Natalia, Liliana Beatriz Echevarría, con quien había mantenido una relación extramatrimonial. La resolución judicial también indicó que el cantante se desentendió de sus responsabilidades parentales y que Natalia fue criada únicamente por su madre, sin a su identidad legal hasta ser inscripta como hija del artista en 2021.
El fallo remarca que la negativa sistemática al reconocimiento generó un daño que no se limitó a lo material. La suma fijada tiene además un valor simbólico, al representar los años de abandono y marginación que la demandante asegura haber vivido, incluso después del análisis genético positivo. La mujer declaró públicamente que, a pesar del resultado judicial, nunca fue aceptada por la familia Jiménez y que recibió maltratos y desprecios por parte del entorno del artista.
En declaraciones a medios televisivos, Natalia expresó: “Hoy puedo verme al espejo y decir quién soy. Pero lo que no me termina de completar es por qué nunca escucharon mi pedido de hacerlo en silencio, entre nosotros”. La abogada Carolina Farías, representante legal de la demandante, calificó el fallo como “histórico” tanto por su contenido como por la celeridad del proceso.
El expediente también incluyó pruebas documentales como fotografías, cartas y registros de encuentros esporádicos entre padre e hija, aunque no fueron considerados suficientes para revertir el impacto de la falta de reconocimiento legal y afectivo a lo largo de los años.
La resolución representa el cierre de una disputa que comenzó en la infancia de Natalia y que, según sus palabras, marcó profundamente su vida. Aún resta saber si la defensa del artista apelará la sentencia en instancias superiores.