Caso Soelsac: pedido de informe del bloque radical del Concejo al intendente Llaryora 536t6l
Lo hizo en virtud de las atribuciones del artículo 65 de la Carta Orgánica Municipal. 6x3c3j
Toda la oposición (UCR, PRO, Frente Cívico, Juan Pablo Quinteros y la izquierda) del Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba realizó un pedido de informe al intendente Martín Llaryora sobre el vínculo contractual que tiene el municipio capitalino con la empresa donde prestaba servicios Gabriela Mónica Stefi Pérez.
La joven, de 24 años, fue asesinada el sábado pasado durante un acto del gremio de los trabajadores de la limpieza en el club Yapeyú del barrio homónimo.
Los concejales opositores en virtud de las atribuciones que les otorga el artículo 65 de la Carta Orgánica Municipal solicitaron al Departamento Ejecutivo Municipal que en el plazo de siete días responda sobre diferentes temas vinculados con este caso por intermedio de la secretaría correspondiente y con documentación en el caso de tenerla.
Los puntos solicitados son los siguientes: 3q10
1. Informe sobre el nombre y relación contractual con la municipalidad de la empresa donde prestaba servicios Gabriela Mónica Stefi Pérez.
2.- Informe acerca de la metodología de contrataciones de dicha empresa y si esta se ajusta a la legislación vigente exigida por el municipio.
3.- Informe sobre la existencia de denuncias anteriores en el ámbito municipal de supuestos enfrentamientos entre los gremios del SURRBAC y SOELSAC.
4.- Informe bajo qué modalidad se realizan las contrataciones de los prestadores de servicios de limpieza en el ámbito municipal y entes autárquicos
5.- Informe si existe alguna vinculación entre el municipio y el legislador electo por Hacemos Unidos por Córdoba Sergio Fittipaldi, además de la política.
6.- Informe sobre si existe alguna vinculación laboral entre el municipio y Franco Saillen.
7.-Informe sobre si ha sido notificado el municipio capitalino por parte de la Justicia provincial para recabar información que resulte pertinente a la investigación que tiene por finalidad esclarecer el crimen de la joven.
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Artículo 65 2z1529
La normativa establece en su primer párrafo que “el Concejo Deliberante o los concejales individualmente pueden pedir informes al Departamento Ejecutivo por cuestiones de interés público, los que deben ser contestados obligatoriamente”.
Y luego agrega: “El incumplimiento de esta obligación configura seria irregularidad. Los informes solicitados por el Cuerpo deben evacuarse en el término que éste fije”.
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